La Corte Suprema determina inconstitucional sanciones por posesión de marihuana

Un paso más hacia un nuevo paradigma
Washington Office on Latin America (WOLA), the Research Center Drugs and Human Rights (CIDDH), and the Transnational Institute (TNI)
Comunicado de Prensa
26 de agosto de 2009

El fallo de la Corte Suprema de Argentina que declara inconstitucional imponer sanciones criminales a la posesión de pequeñas cantidades de marihuana para uso personal representa un paso importante para distinguir entre consumo y narcotráfico.

Washington DC, Ámsterdam, Lima (26 de Agosto de 2009) - El fallo de la Corte Suprema de Justicia de Argentina que declara inconstitucional el imponer sanciones criminales a la posesión de pequeñas cantidades de marihuana para uso personal, representa un paso importante para distinguir entre el consumo y el narcotráfico, y corregir las desproporciones. La decisión judicial se suma a los cambios recientes a lo largo del continente (México, Ecuador, Brasil) para corregir la actual política de drogas desproporcionadamente basada en combatir la oferta, afirman la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA), el Centro de Investigación Drogas y Derechos Humanos, y el Transnational Institute (TNI).

"Es significativo que el fallo sea por unanimidad", dice Martin Jelsma, coordinador del programa Drogas y Democracia de TNI. "Confirma el cambio de paradigma visible a lo largo del continente, el cual reconoce que el consumo de drogas debería ser tratado como un tema de salud pública, en vez de como en el pasado, cuando todos los involucrados, incluyendo los usuarios, eran visto como criminales".

Las organizaciones firmantes coincidimos en el hincapié que hace el fallo sobre la necesidad de implementar más políticas en las áreas de salud y desarrollo social para prevenir y reducir los problemas asociados con este mercado ilícito. La Corte pide:

"Exhortar a todos los poderes públicos a asegurar una política de estado contra el tráfico ilícito de estupefacientes y a adoptar medidas de salud preventivas, con información y educación disuasiva del consumo, enfocada sobre todo en los grupos más vulnerables, especialmente los menores, a fin de dar adecuado cumplimiento a los tratados internacionales de derechos humanos suscriptos por el país".

El fallo de la Corte se refiere a un caso específico de jóvenes condenados por posesión de marihuana. La aplicación del artículo 14, párrafo 2°, de la ley 23.737 que establece penas de un mes a dos años de prisión por la tenencia para el uso personal, fue lo que se debatió para determinar su inconstitucionalidad en este caso particular. Aunque el fallo no hizo referencias explícitas a otras sustancias, gran parte de los argumentos pueden ser válidos para otras drogas, abriendo la puerta jurídica para una reforma a la ley antidroga del país.

Se espera que pronto un proyecto de ley sea presentado en el Congreso de Argentina, que de aprobarse, descriminalizará la tenencia de drogas para consumo personal. En muchos países, este tipo de iniciativas provocan el temor de generar un incremento en el consumo de drogas y el crimen. Sin embargo, la experiencia de países que han pasado por procesos similares enseña que en realidad bien puede ocurrir lo contrario.

"América Latina está decepcionada con los resultados de la actual política de drogas y está explorando políticas alternativas", dice Ricardo Soberón, director del Centro de Investigación Drogas y Derechos Humanos, en Lima "Sin embargo, no hay por que hacer especulaciones basadas en los miedos, sino estudiar los países que han descriminalizado la posesión de drogas para uso personal y analizar los resultados".

Apenas la semana pasada, México promulgó una ley que descriminaliza la posesión de pequeñas cantidades de droga para uso personal, y una iniciativa similar está siendo desarrollada en Ecuador. La ley de México puede servir como ejemplo para el continente de lo que se debe y no debe hacer en cuanto a este tipo de leyes. Por un lado, esta ley mexicana es positiva porque descriminaliza al usuario y acerca a los farmacodependientes al sistema de salud. Sin embargo, la ley mexicana pone demasiado énfasis en el tema de cantidades portadas, fijando cantidades especificas muy pequeñas (menos de 0.5 gramos de cocaína, 0.05 gramos de heroína, 5 gramos de marihuana, etcétera). Esto abre la posibilidad de que aquellos consumidores que portan un poco más de las bajas cantidades estipuladas sean catalogados como narcomenudistas y terminen en la cárcel erróneamente, incluso con penas más altas introducidas con la nueva ley. En el caso de Colombia, la Corte Constitucional decidió, en 1994, que el fincar castigos por posesión de droga para consumo personal va en contra de los principios constitucionales, e hizo referencia a las cantidades de 20 gramos de marihuana y 1 gramo de cocaína.

Un gran número de países se enfocan en identificar la intención del portador de droga, en vez de las cantidades portadas. En otras palabras, distinguir si la persona que posee drogas pretende consumirlas o venderlas. Un ejemplo de esto es Uruguay, país que deja a la discreción de los jueces si la intención de la persona es consumir o vender la droga. Brasil descriminalizó la tenencia con una ley que entró en vigor en 2006, y el año pasado, un tribunal de San Pablo declaró inconstitucional el fincar castigos por la posesión de drogas para consumo personal y que la cantidad de droga portada no debe ser un factor determinante para distinguir entre usuarios y traficantes. Para leer más sobre este caso, vea la nueva publicación de la serie de Reforma Legislativa en Materia de Drogas de WOLA/TNI.

"La descriminalización permite la distinción entre usuarios y narcotraficantes," dice John Walsh, investigador encargado del programa de políticas de droga de la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA). "Esto le permite a los gobiernos enfocar sus esfuerzos en reducir a los daños terribles ocasionados por las grandes redes criminales y la violencia relacionada con el trafico ilícito, en vez de reprimir a los usuarios y microtraficantes".

Para mayor información contactar a:
Kristel Muciño, Coordinadora de Comunicación,
+001-617-584-1713,
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Para profundizar en estos temas, sugerimos la lectura del artículo del
TNI publicado en Nueva Sociedad

Más información disponible en:
Proyecto sobre reformas a las leyes de drogas
WOLA Programa sobre drogas