14:34 › "NO IMPLICA UN DAñO AL ORDEN Y LA MORAL PúBLICA"

Un fallo ratificó la despenalización de la tenencia para consumo personal

La Cámara Federal confirmó el sobreseimiento de un joven que había sido sorprendido por la policía fumando marihuana en cercanías del cementerio de Chacarita. Los jueces afirmaron, como ya lo había hecho la Corte Suprema, que el artículo de la ley de Drogas que reprime el consumo personal de escasas cantidades de droga es "inconstitucional".

La Sala Primera de la Cámara Federal, con las firmas de los jueces Jorge Ballestero y Eduardo Farah, ratificó que el artículo de la ley de Drogas que reprime el consumo personal de escasas cantidades de droga es "inconstitucional".

En consecuencia, consideraron -en sintonía con un fallo de la Corte Suprema de Justicia, en el denominado "Caso Arriola"- que el consumo no es delito.

La causa llegó a la Cámara después de que el juez federal Daniel Rafecas sobreseyera al joven y el fiscal y ex ministro de Seguridad bonaerense Carlos Stornelli apelara la medida.

Los camaristas consideraron que el consumo personal sólo es punible cuando es realizado con "ostentación y trascendencia", de modo tal que tenga implicancias para terceros. En el caso, el joven estaba solo y fumando un cigarrillo de marihuana del mismo modo que pudo haber estado consumiendo uno de tabaco.

"La tenencia de sustancias estupefacientes para el propio consumo del tenedor constituía una conducta incapaz, por sí misma, de conectarse con un resultado lesivo para otros, por cuanto no implicaba un daño al orden y la moral pública ni involucraba un perjuicio para terceros", dijo el fallo.

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