La Corte Constitucional mantuvo la prohibición al porte y consumo de la dosis mínima de estupefacientes, tras un fallido examen de exequibilidad de la norma. La Sala Plena decidió no pronunciarse de fondo respecto a la demanda de constitucionalidad de la ley, sancionada en la administración Uribe, por considerar que la acción no reunía todos los requisitos exigidos en esta materia.