Denuncian que siguen deteniendo a “perejiles” por tenencia de droga
Expertos dicen que el caso Arriola cambió el criterio de los jueces pero no el de la Policía
Jueves, 9 de diciembre, 2010
El cambio es sutil. Y restringido. El 25 de agosto de 2009 la Corte Suprema determinó, en el famoso “caso Arriola”, que la tenencia de drogas para consumo personal no es un delito penalmente castigable siempre que no afecte a terceros. A un año del fallo, poco ha cambiado en la relación de los consumidores con su tan buscada libertad de hacer con su vida lo que quieran.
El foco está puesto en cómo trabaja la Policía: según algunos expertos, todavía sigue deteniendo “perejiles” que terminan sometidos a días de prisión y a procesos judiciales. Sí, agregan, se nota un cambio en los juzgados y cámaras federales, sobre todo en el Interior. La fuerza del fallo Arriola llevó, aunque no en el cien por ciento de los casos, a que la mayoría de los jueces y tribunales asumieran la doctrina de la Corte.
“Antes de Arriola sostenían un criterio y después lo cambiaron . El fallo impacta más en los juzgados que en la actuación de la Policía”, resume Alejandro Corda, investigador y abogado de Intercambios, una asociación civil que estudia los problemas relacionados con las drogas. “Las agencias policiales parecieran ser un poco más resistentes a realizar cambios en cuanto a su relación con los consumidores”, explica.
El fallo de la Corte (ver Qué dijo...) no sólo despenalizó el consumo personal, sino que exhortó al Estado a combatir el narcotráfico. Mónica Cuñarro, coordinadora del Comité Científico Asesor en materia de drogas, que depende de la Jefatura de Gabinete nacional, cree que las fuerzas policiales, sobre todo en las provincias, no hacen ni una cosa ni la otra.
“En las provincias las policías llevan, no sabemos en qué porcentaje, casos chicos, pequeños. No atrapan a los traficantes”, asegura.
Consultadas por Clarín , fuentes de la Policía Federal toman distancia de la discusión: “Nosotros no podemos hacer nada: es la Justicia la que decide en qué casos la tenencia de droga es delito o no”.
El problema radica en que es la propia ley actual de drogas la que ampara la conducta policial porque penaliza abiertamente la tenencia simple. “Es que el delito sigue existiendo y la Policía está obligada a detener”, explica el camarista Eduardo Freiler, de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal. “La Policía no tiene que seguir la jurisprudencia de la Corte sino lo que dice la ley. El encuentro del consumidor con la Policía sigue estando y es un hecho de estigmatización . En otras palabras, el consumidor se sigue comiendo el ‘garrón’”, entiende.
Lo mismo opina Sebastián Basalo, director de la revista de cultura cannabica THC. “Yo no culparía a la cana . Es un problema jurídico que se da por la tenencia simple. Hay que cambiar la ley porque el fallo de la Corte, si bien influyó en las causas que le siguieron, sigue teniendo grises y además se sigue sometiendo al proceso jurídico, y hay que demostrar la inocencia”.
Esos grises son la cantidad y, sobre todo, la consideración de cuándo se afecta a terceros o trasciende el ámbito privado. “ Los mismos jueces no tenemos un concepto unívoco de qué es esa trascendencia ”, admite Freiler, que sospecha que la Corte no aclaró las diferencias entre intimidad y privacidad. “El mensaje se presta a diversas interpretaciones y desgraciadamente en Capital son en el sentido de que cuando hay una trascendencia a terceros hay que seguir la causa adelante, sin determinar qué es eso y sin distinguir las garantías constitucionales que están enmarcadas en cuanto a las acciones privadas”.
Opositor a la idea de despenalización, José Granero, titular de la Sedronar, hace hincapié en la afectación a terceros: “El fallo no penaliza el consumo pero sí el proselitismo. Antes del fallo, la sociedad parecía que tenía algún límite. Hoy ese límite en el imaginario popular prácticamente ha desaparecido ”. No obstante, no hay cifras que demuestren el incremento en el consumo. Freiler incluso calcula que en Capital las causas por droga “bajaron del 70 al 50 por ciento”.
Lo hizo en un caso en el que cinco jóvenes no adictos y mayores de edad tenían en sus bolsillos tres cigarrillos de marihuana cada uno y por lo tanto no hacían ostentación ni afectaban la salud pública o a terceros porque se supone que los fumarían en forma privada.
A fines de ese año, en cuatro fallos, la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal resolvió que se debe analizar cada caso en concreto para determinar cuándo la droga es para consumo personal y cuándo para otros fines, como la comercialización